DETECCIÓN Y CONTROL POSITIVOS O CONTACTO ESTRECHO EN EL ÁMBITO LABORAL (Cambios en la estrategia)

20/11/20 

En los tiempos que corren, están aumentando los diagnósticos sobre las infecciones respiratorias, como por ejemplo, la gripe, a lo que se suma los repuntes en casos COVID confirmados.

Por ello, las Comunidades Autónomas junto al Ministerio de Sanidad, han revisado y ampliado la Estrategia de Detección Precoz, Vigilancia y Control del COVID-19 que tiene como objetivos:

  1. Medios que faciliten la detección precoz de casos.
  2. Controles para evitar nuevas infecciones (preventivo).
  3. Seguir el proceso de evolución de la información, disgregada para trabajar con posibles contactos.

Principales cambios:

  • Sección para los posibles casos que vuelvan a presentar sintomatología y una PRC positiva, que de momento no son declarados como casos nuevos al SIVIE.
  • Se exige una sensibilidad mayor en las pruebas de detección ( del 80% y específica al 97%. Se excluye para contactos asintomáticos los test antígenos y la necesidad de prueba diagnóstica antes de finalizar la cuarentena.
  • Modificación en las condiciones de fin de aislamiento del personal sanitario y sociosanitario con ingreso hospitalario.

También se ven modificadas las obligaciones del empresario, por tanto, ante un caso positivo en el ámbito laboral:

  • Contacto inmediato con el servicio de prevención y notificación a las autoridades sanitarias.
  • Aislamiento del caso y cuarentena de los contactos estrechos.

POSIBLES SITUACIONES –  SEGÚN SINTOMATOLOGÍAS

Importante que los trabajadores conozcan y sepan identificar los síntomas, por los cuales no deberá ir al trabajo o deba parar su actividad.

  1. Caso sospechoso: cualquier persona con infección respiratoria aguada (con fiebre, tos o sensación de falta de aire) Otros síntomas como la odinofagia, anosmia, ageusia, dolor muscular, diarrea, dolor torácico o cefalea.
  2. Caso Probable: persona con infección respiratoria compatible con COVID-19 y resultados negativos o sospechosos con resultado no concluyente.
  3. Caso confirmado con infección activa:
    • Persona con síntomas sospechosos y resultado positivo.
    • Persona con síntomas sospechosos, resultado negativo con PDIA y positivo a IgMpor serología  de alto rendimiento (no por test rápidos)
    • Persona asintomática con PDIA positiva con IgG negativa o no realizada con infección resulta.
  4. Caso confirmado con infección resuelta: persona asintomática con serología IgG positiva independientemente del resultado de la PDIA (PDIA positiva, PDIA negativa o no realizada)
  5. Caso descartado: caso sospechoso con PDIA negativa e IgM también negativa (si esta prueba se ha realizado) en el que no hay una alta sospecha clínica.

PROCEDIMIENTOS A SEGUIR CON LOS TRABAJADORES CON SÍNTOMAS

Todo caso confirmado  es de declaración obligatoria urgente, y se mantendrán en aislamiento a la espera del resultado del PDIA y se iniciará la búsqueda de sus contactos estrechos convivientes.

ÁMBITO LABORAL

Personal sanitario y sociosanitario:

  • Casos confirmados sin ingreso hospitalario: mismo aislamiento que la población general. Podrán reincorporarse a su puesto tras 10 días desde el inicio de los síntomas siempre que permanezcan asintomáticas al menos 3 días y tras la prueba de diagnóstico que indique ausencia de transmisibilidad, por determinación positiva de IgG, por una PCR negativa, o aún siendo positiva, lo sea a un umbral de ciclos (Ct) elevado.
  • Con ingreso hospitalario: aunque su PCR siga siendo positiva, podrá recibir el alta si su situación clínica lo permite, pero con aislamiento domiciliario con control de su situación al menos 14 días desde el inicio de síntomas. Pasado este tiempo, y bajo criterio clínico, se podrá finalizar el aislamiento si han pasado tres días desde la resolución de la fiebre y el cuadro clínico, y se seguirán los mismos pasos que el párrafo anterior para su reincorporación.

Otros trabajadores:

El seguimiento y el alta serán supervisados por su médico de atención primaria o del trabajo, de la forma que se establezca en cada Comunidad Autónoma:

  • Ámbito atención primaria: aislamiento hasta transcurrir 3 días desde la resolución de los síntomas con un mínimo de 10 días desde el inicio. No necesario PRC.

En los asintomáticos, aislamiento durante 10 días desde la fecha de toma de la muestra para el diagnóstico.

  • Ingreso Hospitalario: aislamiento en el hospital siguiendo todas las precauciones y protocolos de cada centro. Recibirán el alta si su situación clínica lo permite aunque su PCR siga siendo positiva, pero permanecer en aislamiento y con control durante 14 días desde el inicio de los síntomas.

ACTUACIÓN EN CASO DE CONTACTOS ESTRECHOS

Se identificarán y controlarán los contactos estrechos convivientes, en cuanto al resto de contactos (no convivientes) solo cuando el caso sea clasificado como confirmado en el plazo de 24-48h. Si la PDIA resulta negativa, se suspenderá la cuarentena de los contactos.

Las empresas tienen que informar de los contactos no convivientes con relación en el ámbito laboral a las autoridades sanitarias competentes.

Cuarentena y vigilancia: Cuarentena durante los 10 días posteriores al último día de contacto con el caso positivo. Deben vigilara su estado de salud y si aparece cualquier síntoma se comunique al sistema sanitario según CC.AA. Finalizada la cuarentena, durante los 4 días posteriores, vigilar aparición de síntomas y si es el caso, aislamiento en el domicilio y comunicarlo rápidamente.

Lugar de la cuarentena: El contacto debe permanecer en su domicilio, en una habitación individual, restringiendo al mínimo las salidas de esta, que siempre se hará con mascarilla quirúrgica y el menor contacto con los convivientes.

Los contactos que se encuentren fuera de su localidad de residencia, se le permitirá el retorno  a su lugar de residencia para la finalización de la cuarentena siempre y cuanto, garantice las condiciones necesarias para la cuarentena, el cumplimiento de todas las medidas de precaución establecidas y el desplazamiento se realice en un medio de transporte privado.

ACTUACIÓN ANTE LA CONFIRMACIÓN DE UN POSITIVO

  1. Evaluación de riesgo del servicio de prevención de riesgos laborales en coordinación con Salud Pública, antes la detección de un brote.
  2. El empresario con su servicio de prevención determinarán y aplicarán medidas de contingencia y actuación. Según alcance y origen (intensificación de las medidas de prevención, cierre del espacio afectado o el cierre del centro.
  3. Actualizar los planes de continuidad, para garantizar un nivel de actividad laboral en previsión de un incremento de la incidencia. (flexibilidad en el horario, teletrabajar cuando sea posible. Según sector de actividad.

ACTUACIONES DE LAS ENTIDADES COMPETENTES ANTES UN CONTAGIO

  • Las Autoridades sanitarias mantendrán contacto con el servicio de prevención de la empresa para valorar la situación e implementar medidas según el riesgo y hacer seguimiento de las mismas.
  • La inspección de trabajo, habilitada para vigilar y requerir, y en su caso extender actas de infracción, a las empresas que no cumplan las medidas establecidas para la protección de los trabajadores.
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