Prevención de riesgos laborales: Una inversión segura.

El carácter imperativo de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, unido a una falta de conocimiento de los verdaderos principios y objetivos de la misma (promover la seguridad y la salud de los trabajadores, tal y como establece el artículo 2 de la Ley 31/1995), una actitud reacia frente a cambios en la metodología de trabajo, y en definitiva a una falta de madurez de nuestra cultura preventiva, hacen que sea habitual que el tejido empresarial aun califique la prevención de riesgos como «una pérdida de tiempo»,   «un gasto más»,  o incluso «un nuevo impuesto».

 

Sin embargo, hemos de considerar la Prevención de Riesgos Laborales como una inversión en toda regla, y no solo por  cubrir una serie de exigencias formales frente a actuaciones de la Autoridad Laboral, sino por otra serie de factores generadores de ahorro y productividad.

 

Así, invertir en prevención puede llevarnos a reducir la tasa de accidentes, ahorrando los gastos derivados de los mismos. Tales gastos son lo generados por interrupción de la actividad productiva; reemplazo de trabajadores afectados con el consiguiente gasto de tiempo y dinero derivados de procesos de selección, formación y adaptación de nuevos recursos humanos; menor producción del trabajador lesionado, ya sea por causas físicas, psíquicas o de motivación; pérdida de prestigio de empresas con alta siniestralidad laboral; daños materiales en equipos e instalaciones;  y en su caso, coste derivado de sanciones impuestas por la Administración Pública, como pueden ser sanciones de la Inspección de Trabajo, recargos o abonos en relación a cotizaciones y prestaciones de la Seguridad Social derivadas de contingencias profesionales, y limitaciones a la facultad de contratar con la Administración.

 

Por otro lado, una política inteligente en materia de Prevención de Riesgos incide en una mayor productividad y competitividad de la empresa.  Mayor productividad al reducirse el absentismo laboral derivado de enfermedades profesionales y psicosociales, y aumentar la sensación de bienestar de los trabajadores, incidiendo directamente en su motivación y rendimiento.  Y mayor competitividad al proyectar al exterior una imagen de seguridad, cada vez más valorada en el mercado, sin olvidar que no tener implantado un sistema de gestión de la Prevención de Riesgos Laborales cierra las puertas a aquellas empresas cuyos trabajadores  desarrollen actividades junto a los de otras, compartiendo centro de trabajo, de cara la cumplimiento del artículo 24 de la Ley 31/1995 y su desarrollo reglamentario. Tal es el caso de la contratación y subcontratación de obras o servicios, tan habitual en la economía actual.

 

Por todo ello, es recomendable que cada empresa  desarrolle un sistema de Prevención de Riesgos Laborales eficaz y eficiente, integral e integrado, realizado por personal capacitado, que evolucione al mismo que lo hace  el entorno económico y comercial, con el fin de no quedar al margen de un mercado cada vez más competitivo, exigente, y en el que el cliente prima un servicio de calidad, seguro y dentro de la normativa vigente.

 

 

 

 

Enrique Ordóñez Garrido

Director Técnico Territorial

Servicio de Prevención Antea S.A.

Últimas Entradas

Si lo prefieres, te llamamos

Nombre*
Teléfono*
Tipo Empresa*

Sus datos serán tratados por ANTEA con la finalidad exclusiva de dar respuesta a su consulta o petición. No serán cedidos a ningún tercero. Nuestro plazo de conservación, si usted no es cliente, es de 1 año. Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión, portabilidad, limitación y a no ser objeto de decisiones automatizadas en nuestro correo protecciondedatos@anteaspa.es, donde le atenderá nuestro DPD. Puede ampliar nuestra información sobre el tratamiento de datos en el enlace a la Política de privacidad.